Detalles

El dominio del marco normativo que rige la relación entre la Administración Pública y la ciudadanía es la competencia transversal más crítica para cualquier empleado público. El curso del Procedimiento Administrativo Común (Ley 39/2015): Aplicación Práctica ofrece una especialización técnica exhaustiva, diseñada para transformar el conocimiento teórico de la norma en una herramienta operativa de gestión diaria en la tramitación de expedientes.

A lo largo de este programa integral, el alumno profundizará en la gestión de la administración electrónica, analizando la obligatoriedad del uso de medios digitales, la validez de las firmas y certificados, y el funcionamiento del Registro Electrónico de Apoderamientos. Aprenderás a dominar el cómputo de términos y plazos bajo las nuevas reglas de días hábiles, los protocolos de notificación electrónica y las causas de nulidad y anulabilidad de los actos administrativos, garantizando siempre la seguridad jurídica de la institución y los derechos del interesado.

El temario aborda con rigor todas las fases del procedimiento, desde la iniciación de oficio o a instancia de parte, pasando por la instrucción de pruebas e informes, hasta la resolución final y la gestión del silencio administrativo positivo y negativo. Además, se incluyen módulos sobre la revisión de actos en vía administrativa, la interposición de recursos de alzada y reposición, y las especialidades de la potestad sancionadora y la ejecución forzosa, proporcionando las destrezas necesarias para redactar resoluciones motivadas y gestionar expedientes complejos con total eficacia legal.

Este curso es un mérito fundamental y baremable en oposiciones para cuerpos de gestión, administrativos y auxiliares de todas las administraciones (Local, Autonómica y Estatal). Fórmate en la excelencia del derecho administrativo aplicado, domina la Ley 39/2015 de principio a fin y adquiere la capacidad técnica necesaria para liderar la transformación digital y la transparencia en el sector público.

Evaluación

El sistema de evaluación de nuestros cursos online se basa en la realización de exámenes tipo test, siguiendo el formato habitual de los cursos baremables para oposiciones y concursos de méritos.

Al finalizar cada módulo o bloque de contenido, el alumnado deberá completar un cuestionario tipo test, diseñado para comprobar la correcta asimilación de los conocimientos adquiridos durante el curso.

Para superar la formación, será necesario alcanzar el porcentaje mínimo de respuestas correctas establecido en cada prueba. El sistema permite realizar varios intentos, facilitando el aprendizaje progresivo y la mejora de resultados.

Los exámenes tipo test están elaborados conforme a criterios formativos y orientados a reforzar los contenidos más relevantes, ayudando además a familiarizarse con el formato habitual de evaluación en oposiciones.

Una vez superado el curso, se expedirá el correspondiente certificado acreditativo, válido como mérito en oposiciones, bolsas de empleo y concursos-oposición dentro de la Administración Pública, conforme a la normativa vigente.

Metodología

Nuestros cursos se imparten en modalidad 100% online, diseñados para facilitar una formación flexible, accesible y compatible con la preparación de oposiciones y la mejora del baremo de méritos.

La metodología está orientada a un aprendizaje práctico, actualizado y enfocado a la realidad de la Administración Pública, permitiendo al alumnado adquirir competencias aplicables en su ámbito profesional. Todos los contenidos están estructurados de forma clara y progresiva, facilitando el estudio autónomo y eficaz.

A través de nuestra plataforma de teleformación, el alumnado tendrá acceso a materiales didácticos completos, recursos descargables, contenidos actualizados y actividades prácticas, adaptadas a los requisitos habituales de los cursos baremables para oposiciones.

El sistema de aprendizaje está diseñado para que el estudiante avance a su propio ritmo, con acceso disponible las 24 horas. Además, contará con soporte tutorial, garantizando la resolución de dudas durante todo el proceso formativo.

Esta metodología permite obtener una formación de calidad, válida para sumar puntos en oposiciones, bolsas de empleo y concursos de méritos en la Administración Pública.

Temario

  1. Disposiciones generales y ámbito de aplicación:
    1. Objeto de la Ley 39/2015 y su carácter básico en el Estado.
    2. Ámbito subjetivo: a qué organismos y entidades vincula la ley.
    3. El concepto de Administración Pública en el contexto actual.
    4. La jerarquía normativa y el principio de legalidad administrativa.
  2. Los interesados en el procedimiento:
    1. Capacidad de obrar ante las Administraciones Públicas.
    2. Concepto jurídico de interesado: titulares de derechos e intereses legítimos.
    3. Identificación y firma de los interesados en el entorno digital.
    4. La representación: acreditación mediante apoderamiento "apud acta".
    5. El Registro Electrónico de Apoderamientos (REA).
    6. Pluralidad de interesados y acumulación de procedimientos.
    7. Sustitución y sucesión de los interesados en el expediente.
  1. Derechos de las personas en sus relaciones con las Administraciones:
    1. Derecho a ser asistido en el uso de medios electrónicos.
    2. Derecho a no aportar documentos que ya obren en poder de la Administración.
    3. El principio de interoperabilidad y la plataforma @firma.
    4. Derecho a obtener copia sellada de los documentos presentados.
    5. La protección de datos de carácter personal en el procedimiento.
    6. Derecho a la lengua oficial y el uso de lenguas cooficiales.
  2. Obligatoriedad del uso de medios electrónicos:
    1. Sujetos obligados a relacionarse electrónicamente (Art. 14.2).
    2. La opción de las personas físicas por el canal físico o electrónico.
    3. Asistencia a los interesados no obligados en las oficinas de registro.
    4. Cómputo de plazos en el registro electrónico: días hábiles y naturales.
    5. Sedes electrónicas y puntos de acceso general.
  1. Configuración del acto administrativo:
    1. Requisitos de los actos: contenido, forma y motivación.
    2. Actos que deben ser obligatoriamente motivados (Art. 35).
    3. La forma de los actos: escrita, verbal y mediante signos.
    4. Presunción de legitimidad y ejecutividad de los actos.
  2. Nulidad y anulabilidad de los actos:
    1. Causas de nulidad de pleno derecho (Art. 47).
    2. Causas de anulabilidad y el principio de conservación de actos.
    3. Irregularidades no invalidantes y subsanación de defectos.
    4. La convalidación de actos anulables por la autoridad competente.
    5. La revocación de actos y la rectificación de errores materiales.
    6. Suspensión de la ejecución del acto en vía de recurso.
  1. Reglas de cómputo de plazos:
    1. Diferencia entre días hábiles y días naturales tras la reforma.
    2. Exclusión de sábados, domingos y festivos en el cómputo habitual.
    3. Cómputo de plazos por meses o años: de fecha a fecha.
    4. El inicio del cómputo: el día siguiente a la notificación o publicación.
    5. Plazos expresados en horas: reglas específicas de conteo.
    6. El calendario de días inhábiles en el ámbito estatal, regional y local.
  2. Gestión y ampliación de plazos:
    1. Ampliación de plazos: condiciones y límites (Art. 32).
    2. La tramitación de urgencia: reducción de plazos a la mitad.
    3. Suspensión del plazo máximo para resolver y notificar.
    4. Consecuencias del incumplimiento de los plazos por la Administración.
    5. Términos improrrogables y preclusión de derechos del interesado.
  1. Formas de iniciación:
    1. Iniciación de oficio: por propia iniciativa, orden superior o denuncia.
    2. La denuncia: requisitos y protección del denunciante.
    3. Iniciación a solicitud del interesado: el modelo de instancia general.
    4. Requisitos de la solicitud: datos mínimos y lugar de presentación.
    5. Subsanación y mejora de la solicitud: el plazo de 10 días.
  2. Actuaciones previas y medidas provisionales:
    1. Información y actuaciones previas para determinar la necesidad de incoación.
    2. Adopción de medidas provisionales para asegurar la eficacia de la resolución.
    3. Medidas provisionalísimas antes de la iniciación del procedimiento.
    4. Confirmación, modificación o levantamiento de las medidas.
    5. El registro de entrada y la expedición del recibo de presentación.
  1. Actos de instrucción por el órgano gestor:
    1. Alegaciones de los interesados en cualquier momento anterior al trámite de audiencia.
    2. La prueba: apertura del periodo de prueba y medios de prueba admitidos.
    3. Carga de la prueba y valoración de la misma por la Administración.
    4. Pruebas periciales técnicas y reconocimiento de los hechos.
  2. Informes y participación de terceros:
    1. Petición de informes: preceptivos y facultativos, vinculantes y no vinculantes.
    2. Plazos para la emisión de informes y efectos de su demora.
    3. El trámite de audiencia: importancia para evitar la indefensión.
    4. Información pública: anuncios en boletines oficiales y alegaciones de terceros.
    5. Propuesta de resolución: contenido y remisión al órgano decisor.
  1. Formas de terminación:
    1. La resolución: obligación de resolver y congruencia del fallo.
    2. Contenido de la resolución: recursos, órgano ante el que recurrir y plazos.
    3. Terminación convencional: acuerdos y pactos con los interesados.
    4. Desistimiento y renuncia por el interesado: diferencias y efectos.
    5. La caducidad en procedimientos iniciados a solicitud del interesado.
    6. La caducidad en procedimientos de oficio (procedimientos sancionadores).
  2. El silencio administrativo:
    1. El silencio en procedimientos iniciados a solicitud: regla general del sentido positivo.
    2. Excepciones al silencio positivo: cuándo el silencio es negativo (Art. 24).
    3. Efectos del silencio positivo: el acto presunto como acto finalizador.
    4. El certificado de silencio administrativo: solicitud y expedición.
    5. El silencio en procedimientos de oficio: la desestimación o la caducidad.
  1. Práctica de las notificaciones:
    1. Plazo para cursar la notificación: los 10 días desde el dictado del acto.
    2. Contenido mínimo de la notificación para su validez.
    3. Notificación electrónica: comparecencia en la sede y dirección electrónica habilitada (DEHú).
    4. El aviso de notificación al dispositivo móvil o correo electrónico.
    5. Efectos del rechazo de la notificación electrónica o presencial.
  2. Notificación en papel y publicación:
    1. Práctica de la notificación en papel: requisitos de la entrega y el acuse de recibo.
    2. Notificación infructuosa: el anuncio en el Boletín Oficial del Estado (TEU).
    3. La publicación sustitutiva de la notificación en actos masivos.
    4. Notificaciones defectuosas: cuándo surten efecto a pesar de los errores.
  1. Revisión de oficio:
    1. Revisión de actos nulos de pleno derecho y declaración de lesividad de actos anulables.
    2. La rectificación de errores materiales, de hecho o aritméticos.
    3. Límites a la revisión de oficio: equidad y buena fe.
  2. Recursos administrativos:
    1. Principios generales: el fin de la vía administrativa.
    2. Recurso de Alzada: plazos de interposición y resolución.
    3. Recurso Potestativo de Reposición: contra actos que agotan la vía administrativa.
    4. Recurso Extraordinario de Revisión: supuestos tasados y plazos.
    5. Suspensión de la ejecución del acto impugnado en vía de recurso.
    6. La reclamación previa a la vía civil y laboral (supresión en la Ley 39/2015).
  1. Ejecución forzosa por la Administración:
    1. El título ejecutivo y el apercibimiento previo.
    2. Medios de ejecución forzosa: apremio sobre el patrimonio.
    3. Ejecución subsidiaria a costa del obligado.
    4. Multa coercitiva: reiteración de sanciones para obligar al cumplimiento.
    5. Compulsión sobre las personas en obligaciones personalísimas.
  2. Especialidades del procedimiento sancionador:
    1. Principios de la potestad sancionadora: legalidad, tipicidad y proporcionalidad.
    2. La separación entre fase instructora y fase sancionadora.
    3. La presunción de no existencia de responsabilidad administrativa.
    4. Reconocimiento de responsabilidad y pago voluntario con reducciones.
    5. Plazos de prescripción de infracciones y sanciones.
Titulación Certificada

Acreditado por la Universidad Tecnológica Atlántico Mediterráneo

Universidad Tecnológica Atlántico Mediterráneo

La Universidad Tecnológica Atlántico Mediterráneo (UTAMED) es una institución universitaria privada orientada a la innovación educativa y especializada en formación superior online de última generación. Como “La Universidad Online del Siglo XXI”, UTAMED impulsa un modelo académico flexible, digital y conectado con las necesidades reales del mercado laboral, promoviendo la docencia, la investigación aplicada, la formación continua y la transferencia de conocimiento tecnológico.

UTAMED y Universal Formación trabajan de manera conjunta para ampliar y fortalecer la oferta educativa online, poniendo a disposición del alumnado programas formativos de alta calidad académica y con un enfoque competencial y profesionalizador. Esta colaboración representa una oportunidad para los estudiantes que buscan una formación universitaria moderna, accesible y adaptada a los retos del entorno digital global.

Título expedido

Una vez finalice su programa formativo, le será expedido el Diploma acreditativo por la Universidad Tecnológica Atlántico Mediterráneo (UTAMED). A continuación se muestra un modelo orientativo:

Diploma UTAMED
Diploma Universidad Tecnológica Atlántico Mediterráneo

Validez europea
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